Suscribirse
más información en 96 220 22 18

NOVEDADES 2013 HACIENDA

  • Retenciones de los profesionales autónomos: en 2013 los tipos de las retenciones a practicar en sus facturas por parte de los profesionales autónomos se mantienen con carácter extraordinario en el 21% ( 9% para nuevos profesionales autónomos). Recordamos que está previsto que en 2014 el tipo de retenciones baje al 19%, esperamos que se pueda cumplir esta previsión
  • Módulos 2013: los módulos 2013 de IRPF se mantienen como en 2012 excepto para productos del olivo, en los que el Rendimiento Neto se reduce. Sin embargo los módulos de IVA se modificaron hace 2 meses para adaptarlos a la subida del IVA de 2012,  por lo que en 2013 estos nuevos módulos de IVA estarán plenamente operativos.
  • Restricciones a la cotización en módulos: tras la reciente aprobación de la Ley 7/2012 de 29 de octubre de 2012 de lucha contra el fraude fiscal,  los autónomos del sector transporte  no podrán seguir en módulos si facturan más de 300.000 € anuales. Además, los autónomos en módulos obligados a practicar retenciones no podrán seguir en módulos si en el año anterior han tenido rendimientos superiores a 225.000 €/anuales con carácter general o 50.000 €/anuales  en el caso de que más del 50% de sus ingresos provengan de empresas y por tanto estén sujetas a retención. Por todo ello este año podrá renunciarse a los módulos de manera implícita mediante la presentación en tiempo y forma del primer pago fraccionado de 2013 en estimación objetiva (modelo 130) y del régimen general de IVA (modelo 303).
  • Modificación en los plazos del modelo 347 (declaración de operaciones con terceras personas): tal y como estaba previsto, en 2013 el modelo se presentaráen el mes de febrero en lugar de en marzo como hasta ahora. Además será necesario informar sobre las cantidades imputables a cada trimestre y no sólo el total. Están eximidos de este modelo quienes presenten declaraciones de IVA mensuales (modelo 340).
  • Nueva vía de presentación de declaraciones informativas: desde este ejercicio podrán presentarse por internet un amplio conjunto de declaraciones informativas (modelos 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390) mediante el servicio de impresión desarrollado en la AEAT y el envío de un mensaje SMS por el contribuyente.

No se permite realizar comentarios.